NUEVO PLENO... DICIEMBRE 2024:
1.- ¿QUÉ ES LA CUENTA GENERAL?
Al término del ejercicio contable, que coincide con el ejercicio presupuestario; los Ayuntamiento habrán de formar la Cuenta General, a fin de poner de manifiesto la gestión económico-patrimonial desarrollada en el ámbito de la Entidad.
La Cuenta General, elaborada por la Secretaria-Interventora del ente local, está integrada por las cuentas de la propia entidad, (incluido organismos autónomos y sociedades mercantiles si existieran), según las exigencias, regulada en la Instrucción de Contabilidad Local.
Debe ser rendida por la Alcaldesa y aprobada por el Pleno de la Corporación presidencia de la Corporación antes del 15 de mayo del ejercicio inmediato siguiente al que hace referencia.
La Cuenta General, con el informe de la Comisión, será expuesta al público por un plazo de quince días.
Durante esos días y ocho más, las personas interesadas podrán presentar reclamaciones, reparos y observaciones. La Comisión, una vez examinadas estas, emitirá un nuevo informe.
El sometimiento a la Contabilidad Pública lleva implícita la obligación de la rendición de cuentas, al término del ejercicio presupuestario, al Tribunal de Cuentas.
La Cuenta General, acompañada de los informes de la Comisión y de las reclamaciones y reparos formulados, se llevará al Pleno de la Corporación, para que, en todo caso pueda ser aprobada antes del día 1 de octubre, para su posterior remisión al Tribunal de Cuentas.
Existe la obligación de rendir, al Pleno de la Corporación, información adicional a la Cuenta General.
2.- FONDOS DE COHESIÓN TERRITORIAL PARA MUNICIPIOS DE POBLACIÓN IGUAL E INFERIOR A 1000 HABITANTES
OBJETIVO:
Las subvenciones tienen como objeto la financiación del gasto de inversión de las entidades locales beneficiarias cuya finalidad sea favorecer el empleo, mejorar y equilibrar las condiciones de vida, así como garantizar y modernizar los servicios públicos locales.
DESTINATARIOS:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones los municipios de la provincia de Palencia con población inferior o igual a 1.000 habitantes que figuran en el ANEXO I de esta Convocatoria, de acuerdo a los importes asignados por la Orden de la Consejería de Presidencia, de 12 de abril de 2024, por la que se determina la cuantía que corresponde a cada entidad local en el Fondo de Cohesión Territorial en Castilla y León.
IMPORTE SUBVENCIÓN PARA NUESTRO PUEBLO:
REQUENA DE CAMPOS:
- SUBVENCIÓN JCYL .............................. 2750,16 €
- SUBVENCIÓN DIPUTACIÓN ................ 1375,08 €
- PARTE AYUNTAMIENTO ..................... 1375,08 €
- TOTAL INVERSIÓN A JUSTIFICAR .... 5.500,32 €
- ¿Será la sra. alcaldesa capaz de gestionar está nueva ayuda?
- ¿Tendrá ganas, energía y motivación, para afrontarlo?
- ¿Preferirá seguir pasando de todo y que el pueblo siga en caída libre?
- NO HA HECHO NADA TODAVÍA DE LAS OBRAS QUE TIENE CONCEDIDAS... (la luz fue con la alcaldesa anterior)
- SEGUIRÁ PERDIENDO AYUDAS POR NO CUMPLIR CON LOS PLAZOS... (ejemplo la ayuda del camino).
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